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Subvención de Educación: Medidas de equidad en los centros educativos (Curso 2026-2027)

Ayuda para materiales escolares y actividades educativas destinada a centros educativos con el objetivo de apoyar a familias con dificultades económicas.

Destacado
En líneaTramitación telemática disponible
GratuitoSin tasa
PlazoTodavía no abierto
El plazo todavía no está abierto Podrá iniciar el trámite a partir del 5 de octubre de 2026.

¿Qué es ese trámite?

El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia NO competitiva, dentro de los límites establecidos en los presupuestos municipales, y de acuerdo con las bases reguladoras específicas de subvenciones para centros educativos para los años 2024-2027.

Esta convocatoria se puede acoger dos tipos de actuaciones:

  • Adquisición de Chromebooks y licencias digitales, libros de texto y materiales escolares para constituir un fondo, favorecer la reutilización de libros y atender a las necesidades de las familias con dificultades económicas.
  • Actividades complementarias: salidas educativas, colonias, estancias y otras actividades incluidas en el programa del curso para atender a las necesidades de las familias con dificultades económicas.

En el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona en fecha 10 de mayo se publicaron las bases reguladoras específicas de subvenciones para centros educativos para los años 2024-2027.

La presente convocatoria se regirá por lo expuesto en la bases reguladoras específicas antes mencionadas y por la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento aprobada el 5 de junio de 2013.

En lo que no esté previsto en estas disposiciones, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su reglamento de desarrollo, así como el resto de disposiciones legales aplicables en materia de régimen local en lo que respecta al procedimiento para la concesión de subvenciones públicas.

¿Quién puede solicitarlo?

Podrán solicitar subvención los centros educativos sostenidos con fondos públicos, de acuerdo con la normativa que les sea de aplicación, que cumplan las siguientes condiciones:

  • Haber justificado las ayudas recibidas en ejercicios anteriores.
  • No recibir subvenciones, por el mismo concepto, de otros departamentos o unidades del Ayuntamiento.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con el Ajuntament del Prat de Llobregat y otras administraciones públicas.
  • No estar afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones en relación con el artículo 26 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio que aprueba el Reglamento de la ley de subvenciones.
  • Presentar la solicitud de subvención en la forma y plazo que se fijen en las respectivas convocatorias.
  • No será necesario constar en el registro de entidades dada la naturaleza de los centros educativos.
  • En relación con la acreditación de que el personal no ha sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, tráfico de seres humanos o explotación de menores, en el caso de los centros educativos, este requisito queda acreditado con un certificado del Departamento de Educación conforme todo el personal docente cumple con la condición exigida.
  • En relación con la póliza de responsabilidad civil o declaración responsable, esta declaración puede ser expedida por la autoridad competente (servicios del Departamento de Educación) en el caso de los centros públicos.
  • Los presupuestos de los proyectos presentados deben ser sostenibles y no generar déficit.
  • En caso de no autorizar al Ayuntamiento a obtener los datos requeridos habrá que aportar los certificados correspondientes a los pagos de Hacienda y Seguridad Social.

¿Qué documentación se debe presentar?

La solicitud de subvención se compone de la siguiente documentación, en todos los casos:

  • Modelo resumen de proyecto normalizado del ámbito por el que se solicita la subvención.
  • Modelo de presupuesto normalizado con el detalle de los distintos conceptos para las que se solicita subvención.
  • Certificado acreditativo con firma electrónica de la reunión del Consejo Escolar de Centro o de la Comisión Permanente en la que se aprobó la solicitud de subvención.

Adicionalmente habrá que adjuntar la siguiente documentación:

  • Si el presupuesto del proyecto presentado supera los 10.000€, proyecto detallado elaborado por el centro educativo.
  • Si existen cambios con los datos bancarios: hoja de domiciliación bancaria para el pago de la subvención, con certificado bancario.
  • En relación con la acreditación de que el personal no ha sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, tráfico de seres humanos o explotación de menores, en el caso de los centros educativos, este requisito queda acreditado con un certificado del Departamento de Educación conforme todo el personal docente cumple con la condición exigida.
  • En relación con la póliza de responsabilidad civil o declaración responsable, esta declaración puede ser expedida por la autoridad competente (servicios del Departamento de Educación) en el caso de los centros públicos.

¿Qué coste tiene?

Este trámite es gratuito

¿Cuándo se puede hacer?

Fecha de inicio5 de octubre de 2026
Fecha de finalización20 de octubre de 2026

Documentos

Documentos que el Ayuntamiento pone a su disposición para este trámite.

Otra información relevante

Organizaciones que intervienen en este trámite

Consulte qué organización inicia el trámite, cuál es responsable y cuál lo resuelve.

Responsable

Organización responsable de la gestión del trámite.

Departamento de Educación

Responsable
UbicaciónCalle del Centro, 26-30, 08820 El Prat de Llobregat, Barcelona
Horario

De lunes a viernes, de 9 a 13:30 h

Y de lunes a jueves, de 15 a 16:30h

Ajuntament del Prat de Llobregat - Principal933790050
Educación el pradoeducacio@elprat.cat

Legislación

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