- Cabe recordar que un vehículo no puede estar estacionado en la vía pública sin tener el seguro obligatorio en vigor.
- Si el vehículo supera los 1.200 Kg. de tara y/o el/la titular del vehículo es una persona jurídica, o existe urgencia en la tramitación de la baja en la Dirección General de Tráfico (DGT), pueden entregar personalmente los vehículos a cualquier Centro Autorizado de Tratamiento. En el momento de la entrega, el/la titular recibe la copia del certificado de destrucción que es el documento para que la Jefatura Provincial de Tráfico lo dé de baja.
- Las motocicletas y ciclomotores, se pueden dar de baja directamente a la DGT sin necesidad de entregarlos a ningún centro. El titular de la motocicleta o ciclomotor cuando lo dé de baja, deberá comprometerse a entregarlo a un Centro Autorizado de Tratamiento para su destrucción. Este centro le entregará un certificado medio ambiental.
- En caso de abandono en la vía pública de la motocicleta o ciclomotor, será denunciado por este motivo y posteriormente se le reclamarán las tasas por estancia y retirada en el depósito de vehículos.
Si desea acceder al buscador de la página de la DGT a través del link que consta en este trámite.