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Ocupación de la vía pública con sacos y/o contenedores de escombros

Solicitud de autorización para colocar sacos y/o contenedores de escombros en la vía pública.

En líneaTramitación telemática disponible
PresencialAtención presencial
GratuitoSin tasa

¿Qué es ese trámite?

Solicitud de autorización para colocar sacos y/o contenedores de escombros en la vía pública.

Todos los sacos y/o contenedores que se deriven de una licencia de obra mayor, de una licencia de obras menores, de un enterado de obras o de una comunicación previa, se tendrán que autorizar por el departamento de Vía Pública, con independencia de que se encuentren exentos del pago de las tasas de ocupación de la vía pública.

Condiciones para instalar sacos de escombros

Identificación de los sacos: Todos los sacos instalados en la vía pública debe presentar en el exterior, de forma perfectamente visible, el nombre o razón social y el teléfono de la persona titular del saco.

Emplazamiento de los sacos: Los sacos de escombros se situaron en la calzada, en la zona destinada al estacionamiento de vehículos. Excepcionalmente y previa supervisión del Ayuntamiento, se podrá colocar en la acera, con ancho superior a 4 m.

Condiciones de ubicación de los sacos:
- Los sacos ubicados en la acera se colocarán separados de la fachada, preservando un espacio de 2 m libres de obstáculos para el paso y la seguridad de los peatones y tendrán que distar, como mínimo, 0,50 m del límite entre la acera y la calzada.
- Los sacos no podrán dificultar el acceso a edificios privados, establecimientos comerciales, en espacios autorizados para terrazas, la movilidad de los peatones y las salidas de emergencia.
- Tampoco se podrán instalar en zonas de carga y descarga, vados, paradas de autobuses, pasos de peatones o similares.
- En calles sin acera, calles residenciales y similares, los técnicos municipales indicarán el lugar de ubicación de los sacos.
- El lugar de ubicación de los sacos deberá respetar en todo momento la movilidad de las personas, zonas ajardinadas, esculturas, accesibilidad a las zonas de juegos infantiles, bancos, papeleras, fuentes, contenedores de basura, y cualquier otro mobiliario urbano instalado en la vía pública.

Colocación y retirada de los sacos de escombros: Los trabajos de colocación y retirada de los sacos de escombros deben llevarse a cabo con la máxima diligencia, de forma que se interrumpa lo menos posible la circulación de vehículos y no causen molestias a los ciudadanos.
Su manipulación debe realizarse de forma que su contenido no caiga en la vía pública, o no pueda ser levantado o esparcido por el viento, por lo que los sacos deben permanecer tapados cuando no son utilizados.
Una vez lleno el saco de escombros, deberá retirarse en un plazo máximo de 2 días hábiles. En cualquier momento, por razones de interés público, las autoridades municipales podrán requerir su retirada antes del plazo de 2 días.

Material depositado en los sacos: No se permite que los materiales depositados sobresalgan de los extremos superiores del saco ni tampoco se permita utilizar suplementos adicionales para aumentar su capacidad.

Vigencia de la autorización: La autorización de empleo estará vigente como máximo hasta las 12 horas del día siguiente del plazo solicitado. A partir de esta hora, debe procederse a su retirada o bien solicitar un nuevo permiso al Ayuntamiento y pagar las tasas correspondientes.
Si pasado el plazo de la autorización, no se ha solicitado un nuevo permiso y no se ha retirado el saco, el Ayuntamiento podrá retirarlos, previo requerimiento y con los gastos a cargo de la persona responsable de los sacos. Todo esto sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.

Limpieza del espacio ocupado: Una vez retirados los sacos, el espacio ocupado y su entorno inmediato, deberá quedar limpio y libre de todo tipo de escombros o residuos. La persona titular de la autorización es la responsable de los daños que pueda causar en el pavimento o en otros elementos de la vía pública y tiene la obligación de comunicar al Ayuntamiento cualquier incidencia relacionada con el empleo.


Condiciones para instalar Contenedores de escombros

Durante la ocupación, el interesado deberá disponer, a requerimiento de la Policía local o los servicios de inspección municipal, de esta autorización.

Señalización previa: La persona autorizada deberá señalizar previamente la zona con señales provisionales de prohibición de estacionamiento, que se instalarán en la zona al menos 72 horas de antelación a la instalación del contenedor.

Emplazamiento de los contenedores:
- Los contenedores se situarán en la calzada, en la zona destinada al estacionamiento de vehículos.
- Los contenedores no podrán dificultar el acceso a edificios privados, establecimientos comerciales, la movilidad de los peatones y las salidas de emergencia.
- Tampoco se podrán instalar en zonas de carga y descarga, vados, paradas de autobuses, pasos de peatones o similares sin autorización expresa.
- En calles sin acera, calles residenciales y similares, los técnicos municipales indicarán el lugar de ubicación de los contenedores.
- El lugar de ubicación de los contenedores deberá respetar en todo momento la movilidad de las personas, zonas ajardinadas, esculturas, accesibilidad a las zonas de juegos infantiles, terrazas autorizadas, bancos, papeleras, fuentes, contenedores de basura, y cualquier otro mobiliario urbano instalado en la vía pública.

Colocación y retirada de los contenedores: Los trabajos de colocación y retirada de los contenedores deben llevarse a cabo con la máxima diligencia, de forma que se interrumpa lo menos posible la circulación de vehículos y no causen molestias a los ciudadanos.
Su manipulación debe realizarse de forma que su contenido no caiga en la vía pública, o no pueda ser levantado o esparcido por el viento, por lo que los contenedores deben permanecer tapados cuando no son utilizados.
Una vez lleno el contenedor, deberá retirarse en un plazo máximo de 2 días hábiles. En cualquier momento, por razones de interés público, las autoridades municipales podrán requerir su retirada antes del plazo de 2 días.

Material depositado en los contenedores: No se permite que los materiales depositados sobresalgan de los extremos superiores del contenedor ni se permita utilizar suplementos adicionales para aumentar su capacidad.

Vigencia de la autorización: La autorización de empleo estará vigente como máximo hasta las 12 horas del día siguiente del plazo solicitado. A partir de esa hora, debe procederse a su retirada o bien solicitar un nuevo permiso al Ayuntamiento y pagar las tasas correspondientes.
Si pasado el plazo de la autorización, no se ha solicitado un nuevo permiso y no debe retirarse el contenedor, el Ayuntamiento podrá retirarlos, previo requerimiento y con los gastos a cargo de la persona responsable del contenedor. Todo esto sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.

Limpieza del espacio ocupado: Una vez retirados el contenedor, el espacio ocupado y su entorno inmediato, deberá quedar limpio y libre de todo tipo de escombros o residuos. La persona titular de la autorización es la responsable de los daños que pueda causar en el pavimento o en otros elementos de la vía pública y tiene la obligación de comunicar al Ayuntamiento cualquier incidencia relacionada con el empleo.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier empresa o persona que tenga necesidad de retirar escombros de una obra.
Previamente, deberá disponer de licencia de obras menores, o haber realizado la comunicación previa o enterado de obras correspondiente.

¿Qué documentación se debe presentar?

Presentación del permiso de obras o enterado, en su caso.




¿Qué coste tiene?

Este trámite es gratuito

Por cada saco y día: 3,05 €, con una liquidación mínima de 6,15 €.

Por cada contenedor de obra y día: 24,60 €.

Exento de pago de la tasa:

- En enterados y/o obra menor: los 3 primeros días de ocupación con 1 o 2 sacos o contenedor de escombros están exentos de pago de la tasa.

- En obra mayor la ocupación de sacos o contenedor de escombros está exento de pago de la tasa durante todo el tiempo otorgado para la ejecución de la obra.

-Exento de pago para obras de reparación o rehabilitación de fachadas, azoteas, reparación de patologías estructurales, sistemas de saneamiento, bajantes, tabiques pluviales, eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de espacios por pesonas con movilidad reducida, e instalación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico con el automóvil.

El departamento de Vía Pública deberá autorizar todos los empleos con sacos o contenedor de escombros, aunque se encuentren exentos del pago de la tasa.

La Autorización del empleo incluirá las condiciones de la ocupación y la forma de pago de la tasa. El comprobante de pago de la tasa deberá enviarse por correo electrónico al departamento de vía pública.

La ocupación de la vía pública con los sacos o contenedores no se hará efectiva hasta el pago de la correspondiente tasa.

Observaciones

Observaciones:

Sacos de escombros

Identificación de los sacos:  Todos los sacos instalados en la vía pública debe presentar en el exterior, de forma perfectamente visible, el nombre o razón social y el teléfono de la persona titular del saco.

Emplazamiento de los sacos:  Los sacos de escombros se situaron en la calzada, en la zona destinada al estacionamiento de vehículos. Excepcionalmente y previa supervisión del Ayuntamiento, se podrá colocar en la acera, con ancho superior a 4 m.

Condiciones de ubicación de los sacos:
- Los sacos ubicados en la acera se colocarán separados de la fachada, preservando un espacio de 2 m libres de obstáculos para el paso y la seguridad de los peatones y tendrán que distar, como mínimo, 0,50 m del límite entre la acera y la calzada.
- Los sacos no podrán dificultar el acceso a edificios privados, establecimientos comerciales, en espacios autorizados para terrazas, la movilidad de los peatones y las salidas de emergencia.
- Tampoco se podrán instalar en zonas de carga y descarga, vados, paradas de autobuses, pasos de peatones o similares.
- En calles sin acera, calles residenciales y similares, los técnicos municipales indicarán el lugar de ubicación de los sacos.
- El lugar de ubicación de los sacos deberá respetar en todo momento la movilidad de las personas, zonas ajardinadas, esculturas, accesibilidad a las zonas de juegos infantiles, bancos, papeleras, fuentes, contenedores de basura, y cualquier otro mobiliario urbano instalado en la vía pública.

Colocación y retirada de los sacos de escombros:  Los trabajos de colocación y retirada de los sacos de escombros deben llevarse a cabo con la máxima diligencia, de forma que se interrumpa lo menos posible la circulación de vehículos y no causen molestias a los ciudadanos.
Su manipulación debe realizarse de forma que su contenido no caiga en la vía pública, o no pueda ser levantado o esparcido por el viento, por lo que los sacos deben permanecer tapados cuando no son utilizados.
Una vez lleno el saco de escombros, deberá retirarse en un plazo máximo de 2 días hábiles. En cualquier momento, por razones de interés público, las autoridades municipales podrán requerir su retirada antes del plazo de 2 días.

Material depositado en los sacos:  No se permite que los materiales depositados sobresalgan de los extremos superiores del saco ni tampoco se permita utilizar suplementos adicionales para aumentar su capacidad.

Vigencia de la autorización:  La autorización de empleo estará vigente como máximo hasta las 12 horas del día siguiente del plazo solicitado. A partir de esta hora, debe procederse a su retirada o bien solicitar un nuevo permiso al Ayuntamiento y pagar las tasas correspondientes.
Si pasado el plazo de la autorización, no se ha solicitado un nuevo permiso y no se ha retirado el saco, el Ayuntamiento podrá retirarlos, previo requerimiento y con los gastos a cargo de la persona responsable de los sacos. Todo esto sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.

Limpieza del espacio ocupado:  Una vez retirados los sacos, el espacio ocupado y su entorno inmediato, deberá quedar limpio y libre de todo tipo de escombros o residuos. La persona titular de la autorización es la responsable de los daños que pueda causar en el pavimento o en otros elementos de la vía pública y tiene la obligación de comunicar al Ayuntamiento cualquier incidencia relacionada con el empleo.


Contenedores de escombros

Durante la ocupación, el interesado deberá disponer, a requerimiento de la Policía local o los servicios de inspección municipal, de esta autorización.

Señalización previa:  La persona autorizada deberá señalizar previamente la zona con señales provisionales de prohibición de estacionamiento, que se instalarán en la zona al menos 72 horas de antelación a la instalación del contenedor.

Emplazamiento de los contenedores:
- Los contenedores se situarán en la calzada, en la zona destinada al estacionamiento de vehículos.
- Los contenedores no podrán dificultar el acceso a edificios privados, establecimientos comerciales, la movilidad de los peatones y las salidas de emergencia.
- Tampoco se podrán instalar en zonas de carga y descarga, vados, paradas de autobuses, pasos de peatones o similares sin autorización expresa.
- En calles sin acera, calles residenciales y similares, los técnicos municipales indicarán el lugar de ubicación de los contenedores.
- El lugar de ubicación de los contenedores deberá respetar en todo momento la movilidad de las personas, zonas ajardinadas, esculturas, accesibilidad a las zonas de juegos infantiles, terrazas autorizadas, bancos, papeleras, fuentes, contenedores de basura, y cualquier otro mobiliario urbano instalado en la vía pública.

Colocación y retirada de los contenedores:  Los trabajos de colocación y retirada de los contenedores deben llevarse a cabo con la máxima diligencia, de forma que se interrumpa lo menos posible la circulación de vehículos y no causen molestias a los ciudadanos.
Su manipulación debe realizarse de forma que su contenido no caiga en la vía pública, o no pueda ser levantado o esparcido por el viento, por lo que los contenedores deben permanecer tapados cuando no son utilizados.
Una vez lleno el contenedor, deberá retirarse en un plazo máximo de 2 días hábiles. En cualquier momento, por razones de interés público, las autoridades municipales podrán requerir su retirada antes del plazo de 2 días.

Material depositado en los contenedores:  No se permite que los materiales depositados sobresalgan de los extremos superiores del contenedor ni se permita utilizar suplementos adicionales para aumentar su capacidad.

Vigencia de la autorización:  La autorización de empleo estará vigente como máximo hasta las 12 horas del día siguiente del plazo solicitado. A partir de esa hora, debe procederse a su retirada o bien solicitar un nuevo permiso al Ayuntamiento y pagar las tasas correspondientes.
Si pasado el plazo de la autorización, no se ha solicitado un nuevo permiso y no debe retirarse el contenedor, el Ayuntamiento podrá retirarlos, previo requerimiento y con los gastos a cargo de la persona responsable del contenedor. Todo esto sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.

Limpieza del espacio ocupado:  Una vez retirados el contenedor, el espacio ocupado y su entorno inmediato, deberá quedar limpio y libre de todo tipo de escombros o residuos. La persona titular de la autorización es la responsable de los daños que pueda causar en el pavimento o en otros elementos de la vía pública y tiene la obligación de comunicar al Ayuntamiento cualquier incidencia relacionada con el empleo.

¿Dónde se puede realizar este trámite de forma presencial?

Estos son los equipamientos donde puede realizar presencialmente este trámite o recibir el servicio.

Ayuntamiento - Casa de la Villa - OIAC

Equipamiento de atención
Ubicación Plaza de la Villa, 1 - 08820 El Prat de Llobregat Ver en el mapa
Horario

De lunes a viernes de 9 a 13:30 h. De lunes a jueves de 16.30 ha 19 h.

Del 1 de julio al 31 de agosto: De lunes a viernes de 9 a 14 h.

Cerrado las tardes del Jueves Santo y de los días 24 y 31 de diciembre.

Ajuntament del Prat de Llobregat - Principal 933790050

Otra información relevante

Información administrativa

Sentido del silencio administrativo Silencio negativo
Tiempo de resolución 5 días

Organizaciones que intervienen en este trámite

Consulte qué organización inicia el trámite, cuál es responsable y cuál lo resuelve.

Inicia

Organización en la que se inicia o se presenta el trámite.

Oficina de Información y Atención Ciudadana (OIAC)

Inicia
UbicaciónPlaza de la Villa 1, 08820, El Prat de Llobregat
Horario

Mañanas, de lunes a viernes de 9 a 13.30 h.

Tardes, de lunes a jueves de 16.30 ha 19 h.

Desde el 1 de julio al 31 de agosto: Matines, de lunes a viernes de 9 a 14 h.

Cerrado las tardes del jueves Santo y los días 24 y 31 de diciembre.

Ajuntament del Prat de Llobregat - Principal933790050

Responsable

Organización responsable de la gestión del trámite.

Departamento de Vía Pública

Responsable
UbicaciónAv. Once de Septiembre, 75, 08820 El Prat de Llobregat, Barcelona
Horario

De lunes a viernes de 9:00 ha 13:30 h

Ajuntament del Prat de Llobregat - Principal933790050
Departamento de Vía Pública - Expedientes sancionadores933790050Ext. 5850

Legislación