Mercado semanal de Sant Cosme
Solicitud autorización para el ejercicio de la venta no sedentaria en el mercado semanal de Sant Cosme.
¿Qué es ese trámite?
La actividad de venta no sedentaria se llevará a cabo entre las 7:00 hy las 15:00 h con una periodicidad semanal (todos los jueves) en la Ronda Sur del municipio.
Hay dos tipo de solicitud:
a) Solicitud inicial de ocupación de la vía pública para la venta no sedentaria en el mercado semanal de Sant Cosme: El procedimiento de selección para el otorgamiento de nuevas autorizaciones, así como cubrir las vacantes que se puedan producir entre las ya autorizadas, no puede ser automático y se realizará en régimen de concurrencia competitiva, previa convocatoria pública.
b) Solicitud de transmisión, ampliación o disminución, intercambio, baja de parada y otras peticiones.
Requisitos y documentación:
a) En transmisión de parada: Deberán cumplirse los requisitos establecidos en el art. 16 de la Ordenanza de venta no sedentaria y presentar la documentación indicada en el apartado Documentos.
b) En ampliación y reducción de módulos: Las solicitudes se resolverán anualmente. En caso de baja de una parada, los titulares colindantes de la parada que causa baja tienen preferencia por ampliar. Si no se cubre la vacante, será redistribuida por las personas titulares de la misma fila que irán ascendiendo hasta su cobertura. Se pueden autorizar ampliaciones al final del espacio de la celebración del mercado y, en todos los casos, siempre que no afecte a la distribución del resto de puestos.
c) En intercambio de paradas: Las personas interesadas y titulares de los puestos pueden acordar un cambio de ubicación entre ellos. El intercambio de parada no puede afectar a la distribución del resto de las paradas
d) En baja de la parada: La autorización podrá extinguirse con la renuncia expresa y escrita formulada por la persona titular del puesto.
e) En solicitud de autorización para vender otros productos o cambio de productos autorizados para la venta: Las personas titulares de los puestos pueden solicitar cambio de producto para vender. El Ayuntamiento podrá autorizar este cambio si se logra una mayor diversidad de los productos de venta en el mercado.
¿Quién puede solicitarlo?
Este trámite puede solicitarlo cualquier persona que lo necesite, siempre que cumpla, si procede, los requisitos indicados en esta ficha.
¿Qué documentación se debe presentar?
- Por cese voluntario del titular de la actividad en todos los mercados, siempre y cuando haya transcurrido 5 años desde su obtención.
- Por situaciones sobrevenidas, no atribuibles a la voluntad del marchante, tales como casos de incapacidad laboral, enfermedad o situaciones análogas, debidamente acreditadas
- Por cesión a favor de un familiar de hasta segundo grado
- Por muerte del titular. en este supuesto, la autorización podrá ser transmitida de acuerdo con las disposiciones testamentarias y sucesorias.
- Según la causa que se dé: baja de la actividad, acreditación de la situación sobrevenida o título sucesorio (éste último, en caso de fallecimiento del titular).
- Certificado reciente de Hacienda de alta de la actividad o 3r trimestre de ésta, en el módulo correspondiente (no es necesario presentarlo si se autoriza al Ayuntamiento a obtener la información de Hacienda).
- Certificado de estar de alta de la Seguridad Social y de estar al corriente de pago (No es necesario presentarlo si se autoriza al Ayuntamiento a obtener la información de la Seguridad Social).
- Recibo actual de la póliza de seguro de responsabilidad civil.
- Fotografía
- Declaración jurada del titular sobre relación de personas auxiliadas (documento no obligatorio).
- El certificado de Hacienda y de Seguridad social puede sustituirse por una autorización para la comprobación del cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad social. El modelo de este formulario se encuentra en la web municipal.
¿Qué coste tiene?
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