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Autorización sanitaria: establecimientos de tatuajes, micropigmentación y piercings

Autorización sanitaria que deben obtener todos los establecimientos e instalaciones donde se realizan prácticas de tatuaje, micropigmentación y/o piercing

En líneaTramitación telemática disponible
PresencialAtención presencial
Con costeConsulte el precio

¿Qué es ese trámite?

Autorización sanitaria que deben obtener todos los establecimientos e instalaciones donde se realizan prácticas de tatuaje, micropigmentación y/o piercing, ya sean de carácter permanente o con motivo de un evento puntual.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona física o jurídica titular de esta actividad, por sí misma o mediante representación debidamente autorizada.

¿Qué documentación se debe presentar?

-Documento acreditativo del pago de la tasa mediante la autoliquidación.
- Documentación acreditativa de la formación del personal. Por cada una de las personas indicadas en la memoria es necesario adjuntar DNI, diploma de curso de formación higiénico sanitaria o equivalente y certificado de vacunación Hepatitis B y Tètanus.
- Contrato con la empresa de gestión de residuos.
- Hoja de consentimiento informado.
- Memoria descriptiva de las actividades y de las instalaciones.
- Plano del establecimiento, a escala y acotado, incluyendo la situación de salas de trabajo, de esterilización, distribución de las literas, armarios para el material, armarios para la ropa de trabajo, otros equipamientos, puntos de agua, lavamanos, servicios...
- Plano de emplazamiento del establecimiento para el que se solicita la autorización sanitaria.

¿Qué coste tiene?

Este trámite no es gratuito

Habrá que consultar la Ordenanza Fiscal número 25, que regula la tasa por la prestación del servicio de autorización sanitaria.
Pueden solicitar la exención de pago los titulares que inicien el ejercicio de su actividad en territorio español durante el año en curso. Las condiciones se pueden consultar en el trámite vinculado a este mismo "Exención de tributación por inicio de actividad"  

¿Dónde se puede realizar este trámite de forma presencial?

Estos son los equipamientos donde puede realizar presencialmente este trámite o recibir el servicio.

Ayuntamiento - Casa de la Villa - OIAC

Equipamiento de atención
Ubicación Plaza de la Villa, 1 - 08820 El Prat de Llobregat Ver en el mapa
Horario

De lunes a viernes de 9 a 13:30 h. De lunes a jueves de 16.30 ha 19 h.

Del 1 de julio al 31 de agosto: De lunes a viernes de 9 a 14 h.

Cerrado las tardes del Jueves Santo y de los días 24 y 31 de diciembre.

Ajuntament del Prat de Llobregat - Principal 933790050

Otra información relevante

Información administrativa

Sentido del silencio administrativo Silencio negativo
Tiempo de resolución 6 meses

Organizaciones que intervienen en este trámite

Consulte qué organización inicia el trámite, cuál es responsable y cuál lo resuelve.

Inicia

Organización en la que se inicia o se presenta el trámite.

Oficina de Información y Atención Ciudadana (OIAC)

Inicia
UbicaciónPlaza de la Villa 1, 08820, El Prat de Llobregat
Horario

Mañanas, de lunes a viernes de 9 a 13.30 h.

Tardes, de lunes a jueves de 16.30 ha 19 h.

Desde el 1 de julio al 31 de agosto: Matines, de lunes a viernes de 9 a 14 h.

Cerrado las tardes del jueves Santo y de los días 24 y 31 de diciembre.

Ajuntament del Prat de Llobregat - Principal933790050

Responsable

Organización responsable de la gestión del trámite.

Legislación

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