Trámite

FUE Solicitud informe previo en materia de seguridad contra incendios

El informe previo en materia de prevención de incendios debe solicitarse, tal y como establece la Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos

En líneaTramitación telemática disponible
PresencialAtención presencial
GratuitoSin tasa

¿Qué es ese trámite?

El informe previo en materia de prevención de incendios debe solicitarse, tal y como establece la Ley 3/2010, de 18 de febrero, de prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios, cuando la actividad se considera de riesgo importante en materia de incendios:

1) Actividades incluidas en los anexos 1 o 2 de la citada ley.

2) Actividades que sean de carácter esporádico o puntual, de acuerdo con el artículo 23 de la citada ley.

Posteriormente a la obtención del informe favorable, será necesario realizar el acto de comprobación en materia de incendios y proceder a efectuar la comunicación previa correspondiente.

¿Quién puede solicitarlo?

La persona jurídica que desea ejercer una o varias actividades en un mismo centro o establecimiento, o en su representado legal. En este caso debe declararse la representación en la que actúa.

¿Qué documentación se debe presentar?

Documentación a aportar:

Solicitud de informe previo en materia de incendios (INC)

Portada de la documentación técnica (formulario SP01 del Departamento de Interior de la Generalidad de Cataluña)

Proyecto técnico descriptivo y justificativo del cumplimiento de la reglamentación técnica aplicable en materia de incendios (1 copia en soporte papel y 1 copia en soporte digital) redactado por el técnico competente.

En caso de actuar como representante legal, declarar que se dispone de todos los poderes necesarios para presentar la comunicación y recibir, en su caso, las correspondientes comunicaciones y/o notificaciones.


¿Qué coste tiene?

Este trámite es gratuito

Observaciones

CAMBIO EN LA TRAMITACIÓN DEL INFORME PREVENTIVO EN MATERIA DE INCENDIOS.

Desde el día 1 Marzo de 2024, se ha producido una modificación en relación a la forma en que se solicitaba el informe preventivo en materia de incendios hasta entonces.
A partir de ahora, el informe previo en materia de prevención de incendios se solicitará siguiendo una de las dos alternativas siguientes, según sea el caso:

Caso 1: Solicitud de informe previo en materia de incendios mediante a través del Canal Empresa

Se efectuará por esta vía en alguno de los dos casos siguientes:

a)Cuando el titular de la actividad es un privado y la actividad está clasificada en régimen de comunicación de inicio de actividad.

b) Cuando la actividad es de carácter esporádico o puntual.

En este supuesto el titular de la actividad deberá tramitar la solicitud de informe de incendios directamente a través del  Canal Empresa  y con anterioridad a la presentación de la comunicación de inicio de actividad y/o comunicación previa de obras, licencia de obras menores.

La información sobre la documentación que debe adjuntarse, así como la capacidad MB de los documentos y formatos estará establecida en este canal y la persona interesada podrá hacer el seguimiento del expediente desde el espacio autenticado de Canal Empresa.

Caso 2: Solicitud de informe previo de incendios cuando el trámite forme parte de una licencia de obras mayores o licencia de actividades.

La solicitud del informe previo de incendios será tramitada por el Ayuntamiento siguiendo el procedimiento administrativo de la licencia solicitada.

Recuerda que los documentos técnicos deben estar firmados electrónicamente por el técnico competente, visados ​​por el colegio profesional o certificado de actuación profesional o similar. Las firmas electrónicas incrustadas o las manuscritas escaneadas no serán válidas.

Organizaciones que intervienen en este trámite

Consulte qué organización inicia el trámite, cuál es responsable y cuál lo resuelve.

Responsable

Organización responsable de la gestión del trámite.

Departamento de licencias de obras y actividades

Responsable
UbicaciónCalle Mayor, 2-4. 08820 El Prat de Llobregat
Horario
  • Lunes a viernes: 9:00 a 13:30 h. (hay que pedir cita previa por la atención técnica)
  • Apoyo a la tramitación digital (OAC 360º): Lunes a viernes de 8:00 a 20:00 h para dudas técnicas en la presentación telemática.
Ajuntament del Prat de Llobregat - Principal933790050

Resuelve

Organización encargada de resolver el trámite.

Legislación