IBI - Impuesto sobre Bienes Inmuebles: Bonificación por viviendas de protección oficial
La concesión de una bonificación del 50% sobre la cuota del impuesto en las viviendas de protección oficial.
¿Qué es ese trámite?
La concesión de una bonificación del 50% sobre la cuota del impuesto en las viviendas de protección oficial.
Esta bonificación se podrá disfrutar durante los tres períodos impositivos siguientes al otorgamiento de la calificación definitiva como vivienda de protección oficial.
Periodo de presentación:
En cualquier momento anterior a la finalización de los tres períodos impositivos de duración de la bonificación y con efectos, en su caso, desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite. Es decir, para obtener la bonificación al año siguiente, debe realizarse la solicitud antes del 31 de diciembre del año en curso.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Qué documentación se debe presentar?
- Cédula de calificación definitiva de vivienda de protección oficial.
- Recibo del impuesto de bienes inmuebles del año en curso.
¿Qué coste tiene?
Observaciones
- El contribuyente deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento para poder gozar de esta bonificación.
- Esta bonificación será incompatible con la bonificación del IBI establecida para empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria.
¿Dónde se puede realizar este trámite de forma presencial?
Estos son los equipamientos donde puede realizar presencialmente este trámite o recibir el servicio.
Información de atención
De lunes a viernes, de 9 a 13:30 h
Otra información relevante
Información administrativa
Organizaciones que intervienen en este trámite
Consulte qué organización inicia el trámite, cuál es responsable y cuál lo resuelve.
Inicia
Organización en la que se inicia o se presenta el trámite.
Oficina de Información y Atención Ciudadana (OIAC)
IniciaMañanas, de lunes a viernes de 9 a 13.30 h.
Tardes, de lunes a jueves de 16.30 ha 19 h.
Desde el 1 de julio al 31 de agosto: Matines, de lunes a viernes de 9 a 14 h.
Cerrado las tardes del jueves Santo y los días 24 y 31 de diciembre.